7.000 millones de ayudas directas para autónomos y empresas

El BOE nº 62, de 13 de marzo publica el Real Decreto-Ley, 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, por el que se destinan ayudas por valor de 11 mil millones de euros destinadas a autónomos y empresas.

De estos 11 mil millones, 7.000 se destinan a ayudas directas que serán gestionadas por las Comunidades Autónomas, las cuales recibirán las transferencias correspondientes en un plazo de 40 días desde el 13 de marzo, ya que el Decreto establece el plazo de 1 mes para la suscripción del correspondiente convenio entre cada Comunidad Autónoma y el Ministerio de Hacienda y de 10 días para realizar la transferencia por parte de este último desde la firma del citado convenio.

No obstante, esta gestión está condicionada por el marco que establece este Real Decreto-Ley, que determina, además de los sectores destinatarios, las condiciones y requisitos de acceso a las ayudas, los compromisos que adquirirán los beneficiarios y las cuantías máximas.

Así, se definen, a través de la adscripción al CNAE, 95 actividades económicas destinatarias de las ayudas directas, entre las que se encuentran el comercio, la hostelería, la cultura o el transporte, entre otras.

Se trata de ayudas de carácter finalista cuya finalidad es satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

Como requisito de acceso, se establece que se haya producido una reducción de al menos el 30% en 2020 respecto a 2019 del volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IRPF o tributo indirecto equivalente.

Así mismo, se establecen los límites máximos de la cuantía de las ayudas, de forma que aquellos que tributen por estimación objetiva, podrán recibir hasta 3.000 €, mientras que aquellos que tributen por estimación directa, podrán acceder a una ayuda de entre 4.000 € y 200.000 €, en función del número de empleados, estableciéndose en estos casos, un porcentaje sobre la caída del volumen de operaciones. De esta forma, la ayuda cubrirá hasta un 40% de la caída adicional del volumen de opreraciones que supere el 30%, establecido como requisito de acceso, aquellos que tributen en régimen de estimación directa en IRPF y entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados. Por su parte, las entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados, podrán recibir hasta 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.

Igualmente se establecen compromisos que asumirán los beneficiarios, que deberán mantener la actividad al menos, hasta el 30 de junio de 2022, no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022, ni podrán repartir dividendos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde aplicación de alguna de las medidas.

Junto a estas ayudas directas, el Real Decreto-Ley 5/2021, también establece medidas de apoyo público e introducir un Código de Buenas Prácticas que, entre otros aspectos, fomente la coordinación de entidades financieras en la adopción de medidas que contribuyan a reforzar la solvencia de las empresas y autónomos con domicilio social en España que atraviesen un desequilibrio patrimonial temporal, en los términos establecidos por Acuerdo de Consejo de Ministros, como consecuencia de la caída significativa de sus ingresos derivada de la pandemia de la COVID-19, así como una Línea para la reestructuración de deuda financiera Covid, por importe de 3.000 millones de euros.

En UPTA Andalucía, valoramos positivamente este marco de ayudas y solicitamos máxima celeridad en la formalización de los convenios con las comunidades autónomas y en la transferencia de los fondos, ya que la situación del colectivo es insostenible.

Pinche AQUI para acceder a un resumen de las principales medidas aprobadas que afectan a trabajadores y trabajadoras autónomos.