Cada vez más protegidos

¿Cansado de que te avasallen con la publicidad? ¿Harto de que invadan tu espacio con anuncios y más anuncios? Tranquilo, la situación cambiará antes del 25 de mayo, fecha tope para la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Protección de Datos con el que estaremos más protegidos.

Y es que, las nuevas tecnologías han puesto en jaque la privacidad de las personas y ha sido preciso adaptar las normas a retos nuevos y complejos. Las empresas están cada vez más interesadas en recabar datos de los usuarios para conocer su comportamiento, analizarlo y enfocar su negocio para ofrecer una publicidad personalizada. Esto implica campañas de recolección de datos en las que los usuarios no siempre son conscientes de lo que están permitiendo. Más allá del debate de la privacidad, la Unión Europea quiere que los usuarios sepan qué están aceptando y qué no.  Por eso, la nueva directiva de la Unión Europea busca crear unos mínimos para todos los ciudadanos de manera que las leyes sean muy similares en todos los países y quede bien claro el consentimiento .

En España, la protección de datos es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución y es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) la que velará por el cumplimiento de las nuevas normas.

Una de las novedades más interesantes que se introducen es que desaparece el consentimiento tácito o por omisión. Es decir, si alguien quiere recoger nuestra información debe pedirnos consentimiento explícito, y se adelanta a los 13 años la edad de consentimiento para el tratamiento de datos en consonancia con la normativa de otros países de nuestro entorno.

En las cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos, la norma incorpora el principio de transparencia en cuanto al derecho de los afectados a ser informados sobre dicho tratamiento y contempla de forma expresa los derechos de acceso, rectificación, supresión, derecho a la limitación del tratamiento, así como a la portabilidad y oposición.

Para evitar situaciones discriminatorias, se mantiene la prohibición de almacenar datos de especial protección, como ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, origen racial o étnico y creencias. En estas categorías, el solo consentimiento del interesado no basta para dar viabilidad al tratamiento.

Dentro del nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos quedarán recogido, además, el derecho al olvido y el derecho a la portabilidad.

El derecho al olvido, recogido ya por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2014, defiende el derecho de las personas a que información obsoleta o no relevante por el transcurso del tiempo sea bloqueada, suprimida o desindexada. Ahora, solicitar que se supriman los datos personales dadas determinadas circunstancias será más fácil.

Con el derecho de portabilidad, las personas tendrán derecho a solicitar el envío de sus datos al responsable de tratar con ellos para transmitirlos a otro responsable.

Este Reglamento supone en definitiva un mayor compromiso de las empresas y organizaciones con la Protección de Datos. No cumplir con las nuevas normativas y obligaciones comporta diferentes sanciones dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.