Cualquier persona física o jurídica dispondrá de una dirección electrónica para la recepción de notificaciones administrativas por vía telemática.
Málaga, 12 de agosto de 2016. En cumplimiento del artículo 56 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) es importante resaltar que, a efectos operativos y para poder recibir las notificaciones, requerimientos y demás comunicaciones administrativas que realicen por vía telemática las Administraciones de transportes, los titulares de las autorizaciones y demás habilitaciones otorgadas por dichas Administraciones deberán disponer de una Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
Mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) cualquier persona física o jurídica dispondrá de una dirección electrónica para larecepción de las notificaciones administrativas que por vía telemática puedan comunicar las distintas Administraciones Públicas. Como receptor de notificaciones, este servicio tiene carácter gratuito.
Cada titular de dichas habilitaciones dispondrá de un buzón electrónico asociado a esa Dirección Electrónica Habilitada, en el que recibirá las referidas notificaciones electrónicas correspondientes a aquellos procedimientos a los que voluntariamente decida suscribirse. En el caso de que de la práctica de la notificación sea obligatoria se podrá asignar una DEH de oficio.
Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y de las comunicaciones. Para utilizar este servicio, el interesado deberá disponer de un Certificado Digital estándar emitido a su nombre o de la empresa que representa. Posteriormente el interesado deberá completar el formulario existente en la opción "registrarse" o en la opción de menú "Crear una DEH" de la web habilitada a tales efectos. Antes de crear una DEH es necesario que compruebe si su equipo cumple con los requisitos mínimos para el uso del servicio; Puede consultar esta información en la opción ‘Antes de Acceder’.
Para acceder al servicio de notificaciones electrónicas y solicitar la Dirección Electrónica Habilitada pincha aquí.
Por su parte, los interesados deben dirigir sus solicitudes, alegaciones y demás comunicaciones a las Administraciones de transporte a través de las siguientes direcciones, según el asunto:
a). Cuando se encuentren referidas a autorizaciones o habilitaciones relativas a transporte interior, a través de este enlace.
b). Cuando se encuentren referidas a autorizaciones o habilitaciones relativas a transporte internacional, a través de esta sección.
c). Cuando se trate de atender requerimientos de los servicios de inspección del transporte terrestre o de comunicaciones relativas a unprocedimiento sancionador, en este otro link.
Los interesados podrán acceder a las aplicaciones anteriores a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento o bien a través de los enlaces correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Cuando las empresas pretendan actuar ante la Administración competente por medio de representantes deberán acreditar esa representación mediante apoderamiento “apud acta” por comparecencia personal ante las oficinas de dicha Administración (próximamente se encontrará operativa una conexión con el Registro Electrónico de Apoderamiento -REA- para que esa acreditación pueda efectuarse mediante comparecencia electrónica).